jueves, 29 de abril de 2010
jueves, 22 de abril de 2010
jueves, 15 de abril de 2010
CONCLUSIÓN
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A manera de concluir con este tema pienso que la desaladora es una excelente opción para solucionar los problemas de abastecimiento de agua, y que basta tomar como ejemplo a Baja California Sur y a Europa que han implementado este sistema y les ha funcionado de manera exitosa.
Otro punto es que no es necesario cambiar de manera radical las leyes del agua si se implementa una desaladora en Sonora, ya que como vimos en las normas de Baja California, son muy parecidas a las de Sonora y no es necesario modificarlas mucho para lograr incluir el tema de la desalación.
Pero también a manera de hacer conciencia me gustaria comentar que la sociedad no se veria en la necesidad de implementar la desaladora si no fuera por el uso descuidado que se le ha dado al agua, ya que los Mexicanos y la mayoria de las personas en el mundo no tienen la cultura de el cuidado del agua, pero el agua se esta acabando a tal punto que el hombre se ve en la necesidad de crear nuevas formas de suministrar agua a la sociedad, como es la desaladora que aunque apoyo a que es una buena opción para el futuro reconosco también que tiene sus desventajas y consecuencias en la naturaleza.
Asi que creemonos una nueva cultura hacia el cuidado del agua, ya que hay que recordar que es un recursos no renovable e indispensable.
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IMAGEN DE: Ana Paola Abud S.
martes, 13 de abril de 2010
ENSAYO DESALACIÓN DEL AGUA
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Para empezar de lleno con el tema de la desalación del agua, respecto a su dimension reglamentaria, hay que aclarar que en cuanto a reglas acerca de la desalación del agua no existen muchas en Sonora, ya que aqui no se implementa este tipo de suministro de agua, pero si en Baja California que ya cuentan con este servicio, es por eso que en la siguiente información vienen comparados los dos reglamentos.
En la ley del agua del Estado de Sonora menciona lo siguiente:
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 3º: Se declara de utilidad publico para los efectos de la presente ley:
II.-La regulación, captación, conducción, potabilización, desalación, fluorización, almacenamiento y distribución de agua, así como la prevención y control de la contaminación de las aguas, la colección, desalojo, tratamiento y disposición de las aguas residuales y el manejo de lodos que se localicen dentro de los municipios del Estado y que no sean de jurisdicción federal;
El articulo anterior es el único presentado en la ley del Estado de Sonora, esto me hace concluir que no existe en las leyes aspectos que hablen del tema de la desalación, y eso se debe principalmente a que aquí en el estado de Sonora todavía no contamos con el sistema de la desalación, es por eso que en nuestras leyes no se ha hecho notorio normas que hablen con respecto a este sistema de purificación del agua. Yo creo que aunque se la razón por la cual no se habla en la ley de Sonora acerca de este tema, pronto tendrán que tocar el tema ya que Sonora se esta quedando sin muchas opciones para el abastecimiento del agua.
Reglamento de la ley de aguas nacionales
Existe un vacio en este reglamento ya que no atiende ningún aspecto relacionado con la desalación del agua.
En cambio si encontré normas en la ley del estado de Baja California Sur, ya que es el primer estado en la república mexicana que ha implementado el sistema de desalación, y es por eso que en su reglamento si lo menciona, a continuación presento los artículos que encontré se relacionaban con la desalación:
Ley del agua del Estado de Baja California Sur
Título Primero
Disposiciones Generales
Artículo 1. – Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés
social y tiene por objeto regular en el Estado de Baja California Sur, de
conformidad con el Artículo 27 párrafo quinto, y 115 fracción III, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los correlativos de la Constitución Política del Estado, lo relativo en la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección del Ambiente en el Estado y la Ley Orgánica Municipal, la participación de las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de su competencia, en la realización de acciones relacionadas con la explotación, desalación, uso y aprovechamiento del recurso agua, así como los servicios públicos de agua potable, alcantarillado y saneamiento.
Artículo 2.- La presente Ley tiene por objeto regular;
X. La recuperación de los gastos y costos de inversión, operación,
conservación, derechos de conexión y mantenimiento de los sistemas de
agua potable, sistemas de desalación de agua, alcantarillado y saneamiento.
Artículo 3.- Se entenderá por:
XXIII. Saneamiento: La conducción, tratamiento, alejamiento y descarga de las aguas residuales provenientes del sistema de agua potable, desalación de agua y alcantarillado, cuando tales acciones tengan por objeto verter dichas aguas en una corriente o depósito de propiedad nacional.
XXV. Sistema de Desalación de Agua: Conjunto de instalaciones para desalar agua, regulado por la Comisión Estatal del Agua y/o los Organismos Operadores.
Artículo 4. Se declara de utilidad pública:
I. La planeación, estudios, proyectos, conservación, ejecución,
rehabilitación, mantenimiento y ampliación de las obras y servicios necesarios para la operación y administración de los sistemas de agua potable, sistemas de desalación de agua, alcantarillado y saneamiento dentro del Estado, así como el tratamiento y reuso de las aguas residuales;
V. Los bienes muebles e inmuebles que sean necesarios para la construcción, rehabilitación, ampliación, mejoramiento, conservación, desarrollo y mantenimiento de los sistemas de agua potable, sistema de desalación de agua, alcantarillado y saneamiento, así como lo relativo al tratamiento de las aguas residuales; incluyendo las instalaciones conexas como son los caminos de acceso y las zonas de protección.
Artículo 31.- La Junta de Gobierno, para el cumplimiento de los objetivos del organismo, tendrá las más amplias facultades de dominio, administración y representación que requieran de poder o cláusula especial conforme a la Ley, así como las siguientes atribuciones:
IV. Resolver sobre los asuntos que en materia de servicios de agua potable, desalación de agua, alcantarillado, saneamiento, calidad del agua y reuso de las aguas residuales tratadas, someta a su consideración el Director
General;
Artículo 110. - Las fórmulas para el cálculo de las tarifas medias de equilibrio deberán diferenciar las correspondientes a la prestación de los diferentes servicios. En ese sentido, las fórmulas que establezca la Junta de Gobierno del Organismo Operador o en su caso la Comisión determinarán:
I. La tarifa media de equilibrio de los servicios de abastecimiento de agua potable y desalación de agua;
Las normas presentadas anteriormente hablan o se relacionan con el tema de la desalación del agua, como pudimos observar no son muchas, pero si las necesarias para regular un estado cuando cuentas con una planta desaladora. En los artículos anteriores se menciono que organismos están encargados de controlar la desalación del agua, que personas tienen por objeto regularla y también habla acerca de la tarifa que se cobrara por el servicio de abastecimiento tanto del agua potable como de la desalación del agua.
En mi opinión creo que a largo o mediano plazo la desalinización del agua será la solución mas viable para Sonora, creo que tenemos que ir abriendo caminos y tomar como ejemplo el Estado de Baja California Sur, que ya implemento este sistema y que ha logrado abastecer el agua de manera mas exitosa.
Así como baja california, Europa fue el primer país que implemento el sistema de la desalación.
La desalinizadora de El Prat de Llobregat es la más grande de Europa para abastecimiento humano y aportará entre un 17 y un 20% del consumo de agua diario del área metropolitana de Barcelona.
Lleva más de medio año en funcionamiento, por la buena capacidad actual de las cuencas internas de Cataluña que abastecen la Ciudad Condal. La desalinizadora de El Prat es la más grande construida hasta ahora en Europa para abastecimiento humano, ya que en términos absolutos –con 80 hectómetros cúbicos/año– le supera la que se está construyendo en Alicante, pero es mixta, es decir sirve mayoritariamente para regadío y otra parte para abastecimiento.
La desalinizadora de El Prat puede llegar a captar 450.000 metros cúbicos diarios de agua de mar y convertirla en 180 millones de litros de agua dulce.
La planta capta el agua del mar a través de dos tomas abiertas sumergidas a 30 metros de profundidad, siendo transportada por dos conducciones de 2,2 kilómetros de longitud. Para realizar la instalación se necesitaron 10 tubos de gran diámetro, que se desplazaron flotando desde Noruega en tramos de 500 metros. En la orilla de la playa se construyó la estación de bombeo, cuya misión es impulsar el agua hacia la planta a través de una tubería de dos metros de diámetro y tres kilómetros de longitud que discurre paralela a la costa.
Una vez llega el agua a la planta ha de ser desalada. La eliminación de las partículas suspendidas requiere que el agua salada atraviese un proceso de flotación y otro de filtración que se realiza en dos etapas, una abierta y otra cerrada. Una vez el agua ha sido filtrada, pasa a la nave de ósmosis, donde en los diez bastidores de membrana se bloquea el paso de las sales minerales contenidas en el agua marina impulsada a alta presión mediante bombas. Por cada 100 litros de agua captada, la planta llega a producir 45 de agua potable. Los 55 restantes son devueltos al mar en forma de salmuera a través del emisario submarino de la depuradora del Baix Llobregat, consiguiendo una concentración salina similar a la del mar y minimizando de esta forma las afectaciones al litoral.
El agua desalinizada, antes de salir de la planta, pasa por una última fase. El hecho que el resultado de la ósmosis sea un agua muy pura, hace que para que sea apta para el consumo humano se deba añadir una serie de sales minerales en un edificio especializado en remineralización.
A continuación un mapa conceptual que expresa de una manera más gráfica lo dicho en texto anteriormente, con palabras claves para lograr un mejor entendimiento:
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HISTORIA DEL AGUA
Antes de que se crearan las leyes y reglamentos que se mostraron anteriormente el agua tuvo que pasar por varias etapas de evaluación en donde el hombre aprendió a conocerla, tratarla y manejarla a su beneficio, para el suministro de la sociedad y cubrir las necesidades.
Pulsa click AQUI para ver una linea del tiempo relacionada con la historia del agua.
jueves, 8 de abril de 2010
NOTA DE NTIC
DESALINIZACIÓN DEL AGUA
Desalinización del agua
Dimensión normativa reglamentos
El tema de la desalación del agua es un tema que ha venido creando muchas controversias en las ultimas dedacadas, ya que la sociedad se ha visto obligada a crear nuevas formas para el suministro de agua, esto como consecuencia de el agotamiento de este importante recurso natural.
Es por eso que considero tan importante el tema de la desalación del agua ya que pienso que es la solución al suministro de agua en un futuro no muy lejano. Y ya que sera la solución proximamente, es tan importante ir reglamentando este aspecto de la desalación del agua para tener un mejor control y manejo de este aspecto.
Imagen de: http://farm5.static.flickr.com/4032/4435417664_9726262aeb.jpg
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